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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1000/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1000/2003-R

    Fecha: 16-Jul-2003

    II.5.

    II.5. El Director de Pensiones Fernando Barthelemy Taborga, por carta de 28 de enero de 2003 (fs. 28),  dando respuesta a la solicitud de reincorporación formulada por la actora en 9 de enero de 2003 -según indica esa nota- le expresó que tal pedido no es procedente por haber suscrito contratos de consultoría, no existió relación laboral con  la entidad y no  eran aplicables las normas por ella invocadas.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.   Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • PROCEDENTE
    • c)
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • amerita  la instauración y desarrollo de un proceso contradictorio, en la vía laboral o civil,
    • III.2

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