Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1004/2003- R
Fecha: 18-Jul-2003
III.5
III.5 Que, al margen de aquello, el recurrente Ceferino Figueroa Mamani, en ejercicio de su derecho propietario, ha transferido -en vigencia de la Ordenanza Municipal impugnada- sin restricción de ninguna clase la parte que le corresponde del inmueble, extremo que no ha negado ni desvirtuado, de modo que actualmente no puede alegar restricción a su derecho a la propiedad sobre el inmueble supuestamente afectado por la Ordenanza. De igual forma Candelaria Vásquez vda. de Figueroa no ha acreditado a qué título ni por cuál de los propietarios interpone amparo, puesto que ella por sí, no tiene acreditado ningún derecho propietario sobre el inmueble supuestamente afectado.