SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 15 de mayo de 2003 (fs. 79 a 81), el actor manifiesta que su mandante se enteró casualmente que ante el Juez recurrido se le había seguido un proceso ordinario de cumplimiento de contrato, iniciado por René Camacho Vidal, en el que se pidió el embargo preventivo de la avioneta marca Cessna, tipo T-210-N, modelo 1979, serie 210633100, sin que hubiera sido citado legalmente con la demanda ni con el embargo señalado; al contrario, fue citado por edictos no obstante conocer el demandante que su residencia se encontraba en la ciudad de Luque de la República de Paraguay, estando incluso su domicilio y teléfono en el contrato de compraventa.
Frente a todo lo relacionado, su representado quedó en completa indefensión y no pudo asumir defensa en el proceso para demostrar que la avioneta le fue vendida y que ya había realizado los pagos, además que su abogada de oficio, una vez notificada con la sentencia, no utilizó el recurso de apelación, evitando de esa manera que el tribunal de alzada haga un examen prolijo del proceso para ver si no se habían cometido nulidades procesales, permitiendo más bien la ejecutoria de la sentencia.
Al estar su residencia fuera de la jurisdicción nacional, lo que correspondía era su citación personal mediante exhorto suplicatorio, de acuerdo a los arts. 90, 114 y 128 del Código de procedimiento civil (CPC), siendo nula la citación que no se ajusta a esos preceptos legales, al margen de ser por demás evidente que el juez recurrido no analizó el documento acompañado a la demanda, prestándose a dar curso a la citación mediante edictos de prensa, permitió que el proceso se tramite con desconocimiento de los demandados en infracción de los artículos citados, viciándolo de nulidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- tiene expedita la vía incidental para, adjuntando la prueba pertinente, impugnar esta situación dentro del mismo proceso
- si bien es cierto
- Fragmento 13
- la nulidad o reposición de obrados sólo será procedente por falta de citación con la demanda
- III.2
- REVOCAR