Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
II.5.
II.5. En 23 de diciembre de 2002 (fs. 56-57), el juez recurrido pronunció sentencia declarando probada la demanda, determinando que en el plazo de treinta días desde la ejecutoria de la resolución, se proceda a la entrega de la avioneta a René Camacho Vidal, con costas. Dicha resolución fue notificada a la “defensora de oficio” en 14 de enero de 2003. (fs. 62); asimismo, se publicó la sentencia mediante edictos de prensa (fs. 63-65) para finalmente por Auto de 20 de febrero de 2003 (fs. 68) declararse ejecutoriada la sentencia al no haberse hecho uso del recurso de apelación por ninguna de las partes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- tiene expedita la vía incidental para, adjuntando la prueba pertinente, impugnar esta situación dentro del mismo proceso
- si bien es cierto
- Fragmento 13
- la nulidad o reposición de obrados sólo será procedente por falta de citación con la demanda
- III.2
- REVOCAR