SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 19 de mayo de 2003 (fs. 10 a 12 ), el recurrente manifiesta que el 22 de abril de 2003, se apersonó con su abogada a las oficinas del Tribunal de Sentencia de Puerto Suárez, constatando con sorpresa que supuestamente el 7 de abril hubiera sido notificado con el Auto de radicatoria; hecho que reclamó aduciendo no haber sido notificado en forma personal con el auto de radicatoria como exige el art. 160.1) del Código de procedimiento penal (CPP), ante lo cual el Juez recurrido, previo informe del oficial de diligencias, mediante decreto de 24 de abril rechazó su solicitud alegando que el oficial de diligencias había dejado la notificación en el domicilio real, con una copia de la resolución en presencia de un testigo idóneo.
Ante tal negativa, el 29 de abril de 2003, interpuso recurso de reposición, aduciendo que en la notificación no intervino ningún testigo pues el supuesto testigo es querellante y por tanto parte en el proceso en cuestión. Por decreto de 30 de abril de 2003, el juez recurrido rechazó la reposición planteada y ordenó al mismo tiempo la continuidad del procedimiento de la materia en el proceso, en violación de sus derechos y garantías constitucionales, cuando es evidente que el oficial de diligencias sentó la notificación reclamada inobservando el inc. a) y la última parte del art. 163 CPP, pues como tiene dicho, el señor Parada es querellante y no puede ser notificado en su nombre, ya que no es representante de su persona y tampoco el Juez o Tribunal ordenó la unificación de la representación de los querellantes, teniendo, como víctima de un delito, derecho a ser protegida a través de todos los mecanismos jurídicos para buscar la reparación del daño y de su dignidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a
- acuerdo con el requerimiento fiscal
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- hecho y dentro de los márgenes de tiempo establecidos por ley
- III.2.
- III. 3
- III. 4
- 2.
- III. 5
- APROBAR