SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2003-R
Fecha: 28-Jul-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 30 de mayo de 2003 (fs. 340-351), la recurrente asevera que el 28 de septiembre de 1999 Ignacio Daza Portugués, a través de su apoderado, formuló querella penal contra su representado y otras, por la presunta comisión del delito de falencia civil; causa tramitada en el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal a cargo de la jueza recurrida, quien dictó sentencia condenando a su mandante a cumplir la pena de 3 años y 6 meses de reclusión y absolviendo a las co-procesadas. Apelado dicho fallo por el querellante, el Juez de Partido co-recurrido, mediante Auto de Vista, confirmó la sentencia en cuanto a la condena de su representado, a cuya consecuencia se libró el mandamiento correspondiente, con el que se persigue incesantemente a su representado para recluirlo en el Penal de Palmasola.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1. En 30 de septiembre de 1999 (fs. 92-94),
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5. Por memorial presentado en 27 de septiembre de 2002 (fs. 295-296)
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- III.4.
- APROBAR