Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2003-R
Fecha: 28-Jul-2003
procedente
La Resolución cursante de fs. 369 a 372, de acuerdo con la opinión fiscal, declaró procedente el recurso, disponiendo la nulidad de obrados hasta fs. 149 del expediente “a los fines de que se proceda a notificar en forma legal y conforme a procedimiento al recurrente” para que asuma defensa, dejando sin efecto el mandamiento de condena, con los siguientes fundamentos:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1. En 30 de septiembre de 1999 (fs. 92-94),
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5. Por memorial presentado en 27 de septiembre de 2002 (fs. 295-296)
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- III.4.
- APROBAR