SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2003-R
Fecha: 28-Jul-2003
II.1. En 30 de septiembre de 1999 (fs. 92-94),
II.1. En 30 de septiembre de 1999 (fs. 92-94), Javier Cordero Salcedo por Ignacio Daza Portuguez, formalizó querella contra Hermógenes Rojas Osinaga (representado de la recurrente) y otros, por la comisión del delito de alzamiento de bienes o falencia civil (fs. 92-94). Mediante Auto de 29 de septiembre de 2000 el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal instruyó sumario penal contra los referidos por el delito querellado y complicidad en el mismo, ordenando se libre mandamiento de aprehensión. (fs. 96-107, 108). Conforme a la representación del funcionario policial que ejecutó los mandamientos, tanto el representado de la recurrente como las otras co-imputadas se ocultaron maliciosamente en su domicilio, por lo que el funcionario pide se libre nuevo mandamiento de aprehensión con facultad de allanamiento (fs. 112 vta., 113 vta., 114 vta.)
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1. En 30 de septiembre de 1999 (fs. 92-94),
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5. Por memorial presentado en 27 de septiembre de 2002 (fs. 295-296)
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- III.4.
- APROBAR