Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de amparo constitucional contra Tito R. Urquieta Márquez, Director del SEDES, pidiendo sea declarado procedente, se dejen sin efecto los memorandos “003557, 004103, 005402 y 006228” (sic), se ordene la inmediata restitución a su cargo de Médico Ginecólogo de base del Hospital de Vinto, se disponga que el SEDES no incluya el cargo ni el ítem en otras convocatorias o medidas de reestructuración y le pague los salarios adeudados más daños y perjuicios y costas.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- memorando 5402
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- DS 26875 de 21 de diciembre de 2002
- III.2.
- memorando 4103 de 1 de octubre de 2002,
- No obstante lo analizado en el numeral precedente
- por una parte,
- III.3.