SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
No obstante lo analizado en el numeral precedente
No obstante lo analizado en el numeral precedente y que ha dado lugar a la declaratoria de procedencia del amparo en otros casos similares como las Sentencias ya citadas, no puede soslayarse el hecho de que en este específico asunto, el recurrente admitió el memorando 5402 de 1 de octubre de 2002, por el que se le designó como Médico Ginecólogo bajo otro ítem y en condición de funcionario provisorio, pues no otra cosa significa que en el mencionado documento se le indique que “quedaba a disposición del Director de Distrito, hasta la institucionalización de su cargo”, aspecto que no fue reclamado por el actor, sino por medio del memorial de 15 de noviembre de 2002 en el que pidió la restitución de su antiguo ítem, sin merecer ninguna respuesta, ni insistir o persistir en su reclamo, manteniendo de esa manera el nuevo cargo hasta que por memorando 6228 de 6 de marzo de 2003 fue despedido bajo el argumento de cumplir de esa forma “el fallo constitucional de la Corte Suprema”.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- memorando 5402
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- DS 26875 de 21 de diciembre de 2002
- III.2.
- memorando 4103 de 1 de octubre de 2002,
- No obstante lo analizado en el numeral precedente
- por una parte,
- III.3.