Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
II.9
II.9 Por Informe Final de la Investigadora y Responsable de Servicios Públicos del Defensor del Pueblo de 2 de abril de 2003 (fs. 43-48), se evidencia que la autoridad denunciada mediante informes remitidos a dicha entidad justificó la destitución de la recurrente con el argumento de que el proceso de convocatoria se encontraba viciado por irregularidades cometidas contraviniendo el Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia del Colegio de Bioquímica y Farmacia, por haber sido derogada la Resolución Ministerial 155 por otra emitida el 3 de octubre de 2002.