SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2003-R

Fecha: 19-Ago-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

La recurrente afirma que el Director del Servicio  Departamental de Salud “SEDES”, ha vulnerado sus derechos al trabajo, a la defensa, al debido proceso y a ejercer una función pública, pues no obstante de que prestaba sus servicios como Bioquímica Farmáceutica del Hospital Gineco Obstétrico desde 1996, cargo que fue institucionalizado mediante concurso de méritos y examen de competencia convocado con carácter interno y cerrado, del que fue ganadora motivando por ello a través del memorando URRHH.4402.1  de 19 de febrero de 2002, sea ratificada. Empero la autoridad recurrida y el jefe de personal a pesar de estos antecedentes y su estado de gravidez, el 14 de septiembre de 2002, de manera completamente ilegal e injustificada, dispusieron su destitución con el argumento del “proceso de transformación de las estructuras del poder ejecutivo y de los gobiernos departamentales”. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.