SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
a)
El Juez Quinto de Partido en lo Civil, en el informe escrito que corre a fojas 386, sostiene lo siguiente: a) en 22 de septiembre de 2001, en suplencia del Juez Cuarto de Partido en lo Civil, y a solicitud del recurrente, emitió resolución en la que reguló los honorarios profesionales de Fabián Alejandro Moreno Barrera en el proceso ejecutivo seguido por el Banco “Santa Cruz” S.A. contra la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L., Andrés Holvy Añez Paz y Aidée Paz de Añez, decisión que fue revocada parcialmente por Auto de Vista de 3 de febrero de 2003; b) en ningún momento ha coartado el derecho al trabajo u otro del actor, quien ha utilizado los recursos que le franquea la ley. Pidió se declare improcedente el recurso.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2. El recurrente suscribió con la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L. la iguala profesional
- II.3.
- Auto de 22 de septiembre de 2001
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la iguala así firmada alcanza en sus efectos única y exclusivamente al abogado demandante y a “Bolivia Mahogany” S.R.L.,
- en la iguala suscrita con la empresa y no así con las personas individuales,