SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
II.2. El recurrente suscribió con la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L. la iguala profesional
II.2. El recurrente suscribió con la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L. la iguala profesional -sin fecha- que cursa a fs. 35 y 36, por la que se contrató los servicios del recurrente para que patrocine el proceso ordinario de resolución parcial de contrato por excesiva onerosidad iniciado contra el Banco “Santa Cruz” S.A. y el proceso ejecutivo incoado por esa entidad, en cuya cláusula Cuarta se acordó la suma de $US20.000.- como honorarios por el proceso ordinario, de los que se pagó el 50%. Y, en la cláusula Quinta - 2) se estipuló que en caso de no acumularse el juicio ejecutivo al ordinario, se pagarían $Us200.- mensuales “hasta la fecha de notificación de la Resolución Judicial Ejecutoriada”.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2. El recurrente suscribió con la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L. la iguala profesional
- II.3.
- Auto de 22 de septiembre de 2001
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la iguala así firmada alcanza en sus efectos única y exclusivamente al abogado demandante y a “Bolivia Mahogany” S.R.L.,
- en la iguala suscrita con la empresa y no así con las personas individuales,