Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
Auto de 22 de septiembre de 2001
Contestada por los clientes, esa pretensión fue resuelta por Auto de 22 de septiembre de 2001 (fs. 39 y 40), en la que se reguló los honorarios en $US1.500.- ordenando sean pagados por los tres clientes, sobre la base de que éstos fueron demandados en su calidad de garantes solidarios en un solo juicio y la defensa fue idéntica.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2. El recurrente suscribió con la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L. la iguala profesional
- II.3.
- Auto de 22 de septiembre de 2001
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la iguala así firmada alcanza en sus efectos única y exclusivamente al abogado demandante y a “Bolivia Mahogany” S.R.L.,
- en la iguala suscrita con la empresa y no así con las personas individuales,