SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2003-R

Fecha: 01-Sep-2003

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

A tiempo de ratificar el amparo constitucional, el recurrente, mencionó que trabajó por más de sesenta días, basándose en una iguala, habiendo hecho notar a la jueza de la causa que existían vicios en el proceso, pero no se le escuchó; sin embargo, la misma jueza anuló obrados posteriormente, causando perjuicio a su cliente. Pese a ello, en los fallos impugnados, se le niega la regulación de sus honorarios sin una debida motivación, afectando de esta manera el principio de legalidad que determina que los jueces deben fundamentar sus fallos y actuaciones en leyes vigentes, siendo ilegal el fundamento de las recurridas que por el hecho de haberse anulado obrados no tendría derecho a percibir el honorario profesional que le corresponde.