Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2003-R
Fecha: 01-Sep-2003
II.3.
II.3. El 6 de abril, el recurrente, como abogado del demandado, solicitó la cancelación de sus honorarios profesionales pactados en la iguala presentada, es decir Bs20.000.-, con cargo a los demandantes Jesús y Aidé Ibañez Díaz, al haber éstos interpuesto una demanda defectuosa que fue anulada, y sobre todo porque así se estipuló en la iguala.(fs. 84).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Ingre Gonzales de Silva y María Cristina Díaz Sosa
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no condenó en costas a la parte demandante;
- III.2
- APROBAR