Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2003-R
Fecha: 23-Sep-2003
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 20/03 SSA-III cursante de fs. 53 a 54, pronunciada el 30 de julio de 2003 por la Sala Social Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Jaime Ramírez Yañez contra Carlos Jaime Villarroel Ferrel y Armando Pinilla Butrón, Vocales de la Sala Penal Tercera, alegando la restricción de sus derechos a la libertad de locomoción e igualdad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- I.2.2 Informe de los recurridos
- improcedente
- a)
- II.1
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- “III.1. Sobre el principio general de irretroactividad de la ley.-
- III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal y sus alcances.-
- Fragmento 15
- 2.
- III. 3
- “De ello se desprende que la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, al agravar la situación de los condenados por esos delitos, no puede ser aplicada retroactivamente por contener reglas de aplicación desfavorables o perjudiciales para el condenado. Evidenciándose, al contrario, que tanto las normas contenidas en la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario, como las que estuvieron vigentes al tiempo de la sentencia (RM 2809, con su modificaciones) y durante el cumplimiento de la condena (RM 3469), son más benignas, correspondiendo la aplicación ultraactiva de aquella norma que resulte ser más favorable al condenado -aún cuando la misma esté derogada-, por expreso mandato de los arts. 16.IV y 33 CPE.”
- III.3
- III.4
- III.5