Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1385/2003-R
Fecha: 22-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que el juez recurrido actuó sin competencia y usurpando funciones al incurrir en la previsión del art. 31 CPE y transgrediendo el art. 228 CPE, así como vulnerando los derechos a la igualdad jurídica, a la defensa y al debido proceso, protegidos por los arts. 6 y 16 de la misma Ley Fundamental, al resolver una apelación que fue interpuesta ante el inferior en grado, alternando a un recurso de reposición. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 CPE.