SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1400/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
I.2.2
La autoridad recurrida, por informe escrito de fs. 792 a 793, expresó que en el juzgado a su cargo se ventiló el proceso que motiva el recurso y al constatar ciertas falencias y anormalidades, en la vía de saneamiento procesal optó por anular el proceso y otorgó al demandante un plazo prudencial para que subsane la demanda; determinación que apelada, mereció el Auto de Vista de 4 de septiembre de 2001, que anuló el auto apelado y dispuso la prosecución de la causa hasta su conclusión; existiendo en el proceso un fallo ejecutoriado, con el que todos los demandados fueron citados mediante edictos de prensa y además se designó defensor de oficio; no constituyendo violación alguna lo actuado en el proceso, al tramitarse de acuerdo a lo ordenado por el tribunal de alzada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I. 2. 1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2
- procedente
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tiene expedita la vía incidental prevista por el art. 149 CPC, para impugnar esta situación dentro del mismo proceso, adjuntando la prueba pertinente
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR