Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1400/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.4.
II.4. Por auto de 13 de octubre de 2000, la autoridad judicial recurrida, dispuso la anulación de obrados, a efectos de precisarse la forma de citación de los demandados incluidos en la ampliación a la demanda (fs. 605), determinación que apelada por la parte demandante (fs. 618), ameritó el pronunciamiento del auto de vista de 4 de septiembre de 2001, que anuló el auto impugnado y dispuso la prosecución del trámite hasta su conclusión (fs. 629).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I. 2. 1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2
- procedente
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tiene expedita la vía incidental prevista por el art. 149 CPC, para impugnar esta situación dentro del mismo proceso, adjuntando la prueba pertinente
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR