SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2003 - R
Fecha: 29-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela a su derecho a la seguridad social consagrado en los arts. arts. 7.k), 158.II y 161 CPE, denunciando que pese a haber acudido ante el Director de Pensiones en forma oportuna, para que se corrija el error detectado y ordene el reintegro de sus rentas a partir de septiembre de 1998 a julio de 2001, período que se le disminuyó de manera arbitraria, ilegal e infundada de su renta de jubilación, no obtuvo ningún resultado favorable por parte de las autoridades recurridas. En consecuencia, en revisión de la resolución del tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada: