SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2003 - R

Fecha: 29-Sep-2003

III.3

III.3         Que, en el caso de autos, en el trámite de renta de vejez del ahora recurrente, la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones emitió la Resolución 010572 de 21 de agosto de 2001, por la que otorgó a favor del asegurado, renta única de vejez con reducción de edad a partir del mes de mayo de 2000; resolución que fue notificada al asegurado el 11 de septiembre de 2001, sin que éste hubiere interpuesto recurso de reclamación dentro del plazo establecido por las normas contenidas en los arts. 521 Código de Seguridad Social (CSS), 9 del Manual de Prestación, 5 de la Resolución Ministerial 1361 de 4 de diciembre de 1997 y Punto 4 del Instructivo para la Calificación de Renta Única de Curso de Adquisición aprobado por Resolución Administrativa  001 de 14 de enero de 1998, (que es de 5 días hábiles desde la notificación y entrega de la Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas al interesado y sólo puede ser planteado por las causas de error y omisión demostrable en la persona del beneficiario y error demostrable en el monto y fecha de inicio de la renta).