Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 86/2003
Fecha: 09-Sep-2003
II.2
II.2 La demandante planteó recurso de casación contra el fallo de segunda instancia referido, por lo que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, una vez dictado el decreto de autos, procedió al sorteo de la causa el 1 de abril de 2003, figurando como Ministra Relatora, Emilse Ardaya Gutiérrez (fs. 103 vta.). Por nota de la Secretaria de Cámara de la misma Sala se hace constar que la Ministra Relatora presentó su proyecto de resolución el 12 de abril de 2003 (fs. 103 vta.).
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Emilse Ardaya Gutiérrez, Kenny Prieto Melgarejo, Ministros de la Sala Civil y Jaime Ampuero García, Ministro de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia,
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- el término para dictar Sentencia no puede ampliarse más allá del complementario establecido en la Ley; tampoco existe la permisión para una ampliación por tiempo indefinido.
- perderá automáticamente su competencia en el proceso
- principio de celeridad procesal
- III.3
- situaciones en las que ha sido necesario llamar a otro Ministro a efectos de formar Sala
- III.4
- III.5