SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2003

Fecha: 09-Sep-2003

III.4

III.4         Que, en el marco legal antes referido, se establece que la autoridad recurrida, una vez emitidas las RACS-SC 0237/2002, 0238/2002, 0239/2002, 0240/2002, 0241/2002 y 0242/2002, de 29 de abril, como culminación del proceso de saneamiento, perdió competencia con relación al caso; es decir, concluyó su competencia con relación al proceso de saneamiento resuelto mediante esas Resoluciones Administrativas; por lo que no podía emitir ninguna resolución que anule dichas resoluciones, menos aún de oficio, como sucedió en el caso objeto de examen, ya que para ello no tenía competencia otorgada por la Ley. En consecuencia, al emitir la Resolución Administrativa 004/2003 de 31 de enero, impugnada en el presente recurso, ha actuado sin competencia incurriendo en los presupuestos jurídicos previstos por el art. 31 de la Constitución, con lo que ha viciado de nulidad la mencionada Resolución Administrativa, haciendo procedente el recurso planteado.