SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2004

Fecha: 28-Ene-2004

III.1.

III.1.  Antes de entrar en materia, cabe precisar que la jurisdicción, -entendida como la potestad que tiene el Estado de administrar justicia por medio de los órganos del Poder Judicial, de acuerdo con la Constitución Política del Estado y las leyes-, es de orden público, indelegable y sólo emana de la ley, como establece el art. 25 LOJ. Por su parte, la competencia es la facultad que tiene un tribunal o juez para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto, como define el art. 26 LOJ.