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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2004-R

    Fecha: 14-Ene-2004

    I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio

    Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Filomeno Carvajal Ticona, Director del Servicio Departamental de Educación (SEDUCA), solicitando sea declarado procedente y se le restituya a las funciones de Directora de la Unidad Educativa Octavio Campero Echazú, ordenando al recurrido ajuste sus actuaciones “a las reglas de la ley”, con costas.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • para el caso de que exista un reclamo en cuanto a las peticiones que el Director Departamental o Distrital, negaran indebidamente, el peticionante puede acudir al Director de Desarrollo Social de la Prefectura e incluso al Prefecto”
    • III.3.
    • III.4.

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