SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2004-R

Fecha: 15-Ene-2004

a)

a) Lo actores no han cumplido con los requisitos de forma y contenido para la procedencia del recurso, ya que lo expresado carece de asidero y fundamento legal, al afirmar que la ex notaria recurrida habría informado que suspendió el remate, lo cual fue desmentido en la audiencia, además que el adjudicatario obló en tiempo oportuno el valor total de la subasta.

Los recurrentes alegan la vulneración de sus derechos a la propiedad privada y a la defensa: a) por la ex Notaria de Fe Pública recurrida, al haber levantado el acta de un remate que nunca se realizó; b) por el juez demandado, al aprobar el acto a través del auto de 3 de noviembre de 2002, que fue confirmado en apelación por la Sala Civil Primera de la Corte Superior y por haber aceptado los depósitos  efectuados por el adjudicatario después de cuatro días del supuesto remate. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.