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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2004- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2004- R

    Fecha: 14-Ene-2004

    Fragmento 16

    “Que, el procedimiento para la aplicación del voto constructivo de censura es el establecido en el art. 51 de la Ley de Municipalidades, cuyo inc. 1) hace referencia a que la propuesta de la moción -firmada por un tercio de los Concejales en ejercicio- debe estar motivada y fundamentada.” SC 711/2003-R, de 28 de mayo.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • ,
    • a)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.3.1
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.2      Suspensión definitiva
    • III.1.3
    • III.1.4
    • III.2
    • Fragmento 16
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • III.7
    • 1.-

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