SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2004- R
Fecha: 14-Ene-2004
III.3
III.3 En el caso presente, conforme ha demostrado el recurrente, en diciembre del 2002, el Concejo Municipal de Punata, luego de haber verificado, que contra el Alcalde José Antonio Gonzáles Alvarado, existían varios pliegos de cargo ejecutoriados por adeudos al Estado, en cumplimiento de la norma prevista por el art. 49 LM, determinó, mediante Resolución Municipal 76/2003, la suspensión definitiva como alcalde y la pérdida del mandato como Concejal. Como lógica consecuencia de esa determinación, al estar impedido definitivamente para ejercer el cargo de Alcalde, el Concejo Municipal recurrido, designó mediante resolución 7/2003 al recurrente, como nuevo Alcalde por las gestiones 2003 a 2004. Esta designación necesariamente debía abarcar hasta el fin de la gestión 2004, por ser el quinto año de la gestión municipal, porque no está permitido hacer uso del proceso del voto constructivo de censura, conforme a las normas previstas por los arts. 201.II in fine CPE y 51.9 LM.