Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2004-R
Fecha: 21-Ene-2004
I.2.1
El recurrente ratificó los términos de la demanda, añadiendo que antes de ser resuelto el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 58/2002 de 30 de abril, mediante memorial de 22 de julio de 2003 pidió la declinatoria y remisión del proceso ante el juez competente; sin embargo, los vocales de la Sala Penal Tercera dictaron, en la misma fecha, la resolución 138/03 que confirmó el Auto apelado, desconociendo la garantía del juez natural. Finalmente, solicita se anule el Auto de Vista y se disponga la tramitación de la causa, de acuerdo al nuevo Código de procedimiento penal.