Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
II.2.
II.2. El Juez recurrido el 14 de diciembre de 2002, señaló audiencia para el 17 del mismo mes para considerar la objeción de querella; sin embargo, instalada la audiencia, la Secretaria informó que no se realizaron las notificaciones respectivas porque el imputado no se apersonó al Juzgado para realizar las mismas, motivo por el que se suspendió el acto al no estar presentes las partes (fs.173 ).