SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2004

Fecha: 27-Oct-2004

d)

d) Indican que en observancia del art. 282 del CPC, el proceso reingresó a Despacho del Dr. Prieto el 13 de febrero de 2004, corriéndole a partir de dicha fecha un nuevo plazo para elaborar el proyecto, el cual fue apoyado por los ministros que conformaban Sala, pronunciándose el Auto Supremo el 10 de marzo de 2004, o sea, dentro de los treinta días desde que el proceso reingresó al Despacho del Ministro Relator.