SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2004

Fecha: 27-Oct-2004

III.2.

III.2.En consideración a las razones jurídicas expuestas en el apartado precedente, en el presente recurso directo de nulidad, únicamente podrá ingresarse a dilucidar la emisión del Auto Supremo objetado presuntamente sin competencia por parte de los ministros recurridos, sin que sea posible analizar otros aspectos acusados por los recurrentes, como la convocatoria al ministro Jaime Ampuero en forma directa sin tomar en cuenta la precedencia ni el turno, la limitante -argüida por los actores- que podría existir para que los ministros ingresen al estudio del fondo del recurso de casación, o la  alegada nulidad de notificación con el Auto Supremo referido, pues tales aspectos no constituyen materia de examen en esta acción.