Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1606/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.1.
II.1. Beatriz Hurtado de Cuéllar presentó demanda de concurso de acreedores el 14 de agosto de 2003 (fs. 71-72), habiendo sido admitida mediante Auto de 16 de agosto de 2003 por el Juez de Partido Segundo en lo Civil (fs. 73), que posteriormente se allanaría a la recusación planteada en su contra (fs. 439), remitiendo el expediente ante el Juez de Partido Tercero en lo Civil.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA