SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1606/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.6.
II.6. Remitido el expediente al Juez Cuarto de Partido en lo Civil, María del Rosario Saucedo de Mendivil presentó memorial de respuesta al recurso de reposición planteado por la ahora recurrente, en virtud a ello, el Juez demandado dictó el Auto 477/2004 de 25 de junio en el que señala que la reposición con alternativa de apelación planteada por la recurrente, no fue admitida por el Juez de Partido Tercero en lo Civil, en virtud a la recusación planteada en su contra, por lo que no corresponde pronunciarse sobre la contestación efectuada por Rosario Saucedo de Mendivil a un recurso que aún no fue admitido, por lo que rechazó tal respuesta (fs. 489 vta.). Contra esta resolución no se planteó ningún recurso ordinario.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA