SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2004-R

Fecha: 19-Oct-2004

II.11.

II.11.  En cumplimiento del AC 524/2004-CA, de 21 de septiembre, el Director Departamental de Trabajo de Santa Cruz, informó que en la vía administrativa conciliatoria, se citó formalmente a la recurrida, presentándose a audiencia su representante legal,  Dr. Ulloa, quien negó los malos tratos denunciados por la actora.  Reiterada la queja, se citó nuevamente a la empleadora; sin embargo, ésta no asistió a la audiencia, presentando solamente dos memoriales  en los que admitió que Shirley Lidia Abujder Olmos era su dependiente y reconoció el estado de gestación de la  misma.  Que ante la declaración de la recurrida en sentido de que la actora depende de la Sra. Judith Abujder, ésta fue citada, y en audiencia  pública de 11 de junio de 2004, manifestó que ella sólo es una socia de la Red de Farmacias, y que la persona que contrata personal o lo retira es la señora Blanca Méndez de Harb, en su calidad de Presidenta (fs. 71 a 72).