SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2004-R

Fecha: 19-Oct-2004

sin exclusión

            Esta protección, conforme a la jurisprudencia del Tribunal, abarca tanto a las empleadas del sector privado sujetas a la Ley General del Trabajo, como a las funcionarias o servidoras públicas, sin exclusión, sean con contratos permanentes o eventuales; pues lo que protege la Ley 975, es la maternidad, y en tal sentido se estableció que aún en los contratos a plazo fijo procedía la protección, cuando el empleador tomaba conocimiento de la existencia del estado de gravidez de la trabajadora antes de la conclusión del contrato de trabajo (SSCC 785/2003-R, 655/2004-R, 672/2004-R, 1379/2004, entre otros).