Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2004-R
Fecha: 19-Oct-2004
II.5.
II.5. Mediante memorial de 4 de junio de 2004, Blanca Méndez de Harb, hace conocer al Director Departamental del Trabajo Regional Santa Cruz que la “trabajadora Sherley Lidica Abjuder Olmos” (sic.) desempeña funciones como cajera y que “sin justificar abandonó su fuente de trabajo el día viernes 28 de mayo….aprovechando que mi persona le sugirió corrija su trabajo por algunos errores…” (sic.), señalando que se reservaba el derecho de aplicar el art. 16 de la LGT, “…tomando en cuenta que todavía no ha llegado a la etapa hábil de sus derechos de pre y post natal cuarenta y cinco días antes y después….” (sic.) (fs. 61).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sin exclusión
- III.2.
- que se respeta su estabilidad laboral de acuerdo a la Ley 975
- III.3.
- APRUEBA