SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2004

Fecha: 29-Nov-2004

Fragmento 15

De las normas glosadas, se infiere que el Director Distrital es delegado directo del Consejo y en consecuencia, las disposiciones, circulares, notas y resoluciones emitidas por los representantes del órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial, tienen que ser acatadas por los funcionarios de la Corte Superior del Distrito respectivo, siendo el Pleno del Consejo de la Judicatura, del cual depende linealmente, la instancia competente para determinar la validez de sus acciones.