SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1790/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1790/2004-R

Fecha: 12-Nov-2004

III.3.

III.3. En cuanto a la denuncia sobre la supuesta falta de notificación al co-recurrente Vladimir Mijail Velasco Pérez con las actuaciones del proceso interno de referencia, omisión que a su juicio, hubiera determinado su estado de indefensión; es preciso aclarar, que de antecedentes se establece que esta afirmación no es evidente, por cuanto el prenombrado prestó su declaración informativa ante la autoridad sumariante y posteriormente, debido a su negativa de recibir las copias de rigor, fue notificado mediante cedulón con la Resolución Administrativa Final en su fuente de trabajo, con la intervención de dos testigos, sin que éste hubiera interpuesto los recursos establecidos por ley o agotado las vías legales en defensa de sus derechos; por lo que, no puede pretender subsanar su negligencia a través del recurso de amparo.

         Con relación al co- recurrente Ángel Durán Laura, de los datos del expediente, se evidencia que participó y asumió  amplia defensa en el proceso e interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, los cuales fueron tramitados conforme a ley y culminaron con la Resolución que confirmó la Resolución Administrativa Final; consiguientemente, no se advierte actuación ilegal u omisión indebida por parte de las autoridades demandadas, que impliquen lesión de los derechos invocados.