SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1821/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1821/2004-R

Fecha: 22-Nov-2004

III.3.

III.3.  Respecto a la actuación del Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz quien fuera responsable de persecución indebida por el presunto aislamiento e incomunicación dispuesta ante la orden de extradición, el recurrente no adjunta prueba alguna que acredite los actos denunciados de ilegales, por lo que resulta inviable ingresar al fondo del asunto, teniendo en cuenta el criterio adoptado por el Tribunal Constitucional, en sentido de que: "...la determinación del Tribunal o Juez de Hábeas Corpus debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción"; ese es el sentido expresado en SSCC 1512/2002-R, 1388/2002-R y 129/2003-R, entre otras, circunstancia que no concurre en el caso presente, al haber omitido el actor la presentación de prueba que sustente lo alegado en el recurso.