SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2004-R
Fecha: 02-Dic-2004
II.3.
II.3. El 17 de enero de 2003 los representantes de los ex trabajadores del Servicio Departamental de Caminos, adjuntando el contrato de cancelación total de deuda suscrito con la Prefectura del Departamento de Santa Cruz y el SEPCAM, a objeto de que surta efectos de ley, declararon su total conformidad y aceptación del pago total del monto demandado en la vía judicial, más el pago de honorarios profesionales, expresando lo que sigue: “no pudiendo nuevamente incoar la misma acción bajo ningún concepto ya que se tiene cumplida la totalidad de la obligación, todo ello de conformidad con lo previsto por el art. 515 del Código de procedimiento civil (CPC) concordante con el art. 351 del Código Civil “(sic.); por lo que solicitaron el archivo de obrados y se levante toda medida precautoria (fs. 64); a cuya consecuencia, por Auto de la misma fecha -17 de enero de 2003-, el Juez de la causa declaró por declinada y extinguida la obligación de restitución de la escala del bono de antigüedad que fuera demandada por los ex trabajadores ordenando el archivo de obrados y la suspensión de toda medida precautoria (fs. 64 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es un mecanismo para impugnar resoluciones dictadas por autoridades judiciales, con plenitud de jurisdicción y competencia, cumpliendo funciones, que les encomienda la ley
- , no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
- el derecho a la certeza y la certidumbre que tiene la persona frente a las decisiones judiciales, las que deberán ser adoptadas en el marco de la aplicación objetiva de la Ley y la consiguiente motivación de la Resolución
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- III.4.
- interpretación gramatical
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA