SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2004-R

Fecha: 02-Dic-2004

III.6.

III.6. De lo que se colige que los vocales recurridos al realizar la interpretación del art. 57 del CPT, que de manera textual determina que: “Consistiendo el proceso en el desarrollo de las diversas etapas en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, el Juez impedirá el regreso a los momentos procesales ya extinguidos o consumados, rechazando de oficio toda petición por pérdida de la oportunidad conferida por la Ley para la realización de un acto procesal, sin necesidad de solicitar informe previo al Secretario ni otro trámite”(sic), adecuaron su labor interpretativa a las reglas que la misma exige, situación por la cual no se puede ingresar a realizar el análisis de la problemática planteada por cuanto, no se constata el incumplimiento de las reglas de interpretación de las normas legales por las cuales se lesionarían derechos o garantías fundamentales, por lo que no se abre la posibilidad de observar dicha interpretación que corresponde a un asunto de legalidad ordinaria; consiguientemente, no se puede analizar el fondo del presente recurso.