Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1968/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.1.
II.1. El 27 de marzo de 2001, Jorge Blanco Mamani, presentó querella contra el actor (fs. 29), que derivó en la Sentencia 101/2003 de 28 de mayo, pronunciada por la autoridad judicial recurrida, que declaró al recurrente autor del delito de cheque en descubierto previsto en el art. 204 del Código penal (CP), condenándolo a cumplir la sanción de cuatro años de reclusión, más el pago de cien días multa a razón de cinco bolivianos por día (fs. 37-40).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la misma encuentra su fundamento en la garantía judicial que tiene toda persona a ser oída dentro de un plazo razonable
- es que el imputado pueda definir su situación ante la ley y la sociedad dentro del tiempo más corto posible, desde un punto de vista razonable; poniendo fin a la situación de incertidumbre que genera todo juicio, y la amenaza siempre latente a su libertad que todo proceso penal representa
- correspondiendo en este caso a la parte afectada invocar la extinción de la acción penal por ese motivo durante su sustanciación,
- III.3.