Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1968/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega detención indebida pues pese a encontrarse privado de libertad en base a una Sentencia ejecutoriada fuera del término previsto por el art. 133 del CPP, el Juez recurrido sin pronunciar un Auto motivado se resistió a dar aplicación a la SC 101/2004, AC 0097/2004-ECA y circulares 27 y 30 emitidas por la Corte Suprema de Justicia, negándose a extinguir la pena pese a que la acción penal prescribió. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la misma encuentra su fundamento en la garantía judicial que tiene toda persona a ser oída dentro de un plazo razonable
- es que el imputado pueda definir su situación ante la ley y la sociedad dentro del tiempo más corto posible, desde un punto de vista razonable; poniendo fin a la situación de incertidumbre que genera todo juicio, y la amenaza siempre latente a su libertad que todo proceso penal representa
- correspondiendo en este caso a la parte afectada invocar la extinción de la acción penal por ese motivo durante su sustanciación,
- III.3.