Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, interponen recurso de amparo contra Bonifaz Bellido Rivera, Presidente de la Comisión de Participación Popular del Senado de la República, Angelino Salazar Mamani y Nieves Huanta Poma, concejales del Municipio de Palos Blancos, solicitando sea declarado procedente, por ende, se deje sin efecto la carta de 29 de abril de 2004, determinando que deben rehabilitarse las firmas de las cuentas determinadas en la misma y se ordene a la Comisión de Participación Popular el pronunciamiento sobre el descongelamiento de la cuenta de Participación Popular del Municipio en un plazo de quince días, con responsabilidad penal y civil.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- consiste en la facultad de toda persona para dirigirse a las autoridades públicas a fin de reclamar, pedir u observar alguna cosa incumbente a aquella
- debe entenderse el mismo como la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona de formular quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares de los funcionarios o autoridades públicas o la suspensión injustificada o prestación deficiente de un servicio público, así como el de elevar manifestaciones para hacer conocer su parecer sobre una materia sometida a la actuación de la administración o solicitar a las autoridades informaciones
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad
- III.2.
- Fragmento 27
- III.3.