Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.2.
II.2. El 20 de noviembre de 2002 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de Participación Popular, Gobiernos locales y Descentralización, en la que se acordó confirmar la realización de auditorias de las gestiones 2000, 2001 y 2002 por parte de la Contraloría General de la República, además de programarse para los primeros meses de 2003 la auditoria especial de las gestiones 1994 a diciembre de 1999 (fs. 18), no existiendo en antecedentes ningún reclamo respecto a la falta de realización de las auditorias programadas.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
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- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- consiste en la facultad de toda persona para dirigirse a las autoridades públicas a fin de reclamar, pedir u observar alguna cosa incumbente a aquella
- debe entenderse el mismo como la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona de formular quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares de los funcionarios o autoridades públicas o la suspensión injustificada o prestación deficiente de un servicio público, así como el de elevar manifestaciones para hacer conocer su parecer sobre una materia sometida a la actuación de la administración o solicitar a las autoridades informaciones
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad
- III.2.
- Fragmento 27
- III.3.