SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
III.3.
III.3. Respecto al resto de los derechos alegados como vulnerados -trabajo, ejercicio de la función pública y debido proceso-, se establece que éstos no tienen congruencia con los hechos demandados, teniendo en cuenta que la actuación de las autoridades recurridas no tiene relación alguna con las actividades desarrolladas por los recurrentes tendientes a generar su sustento diario y de su familia, ni con el derecho al ejercicio de la función pública, pues los supuestos actos ilegales denunciados no han determinado la suspensión o cesación de las funciones de Alcalde Municipal, Presidenta del Concejo Municipal, Presidente y Vicepresidente del Comité de Vigilancia del Municipio de Palos Blancos; además, que los actores no están sometidos a un proceso en el ámbito judicial o administrativo para alegar una vulneración al derecho a la garantía del debido proceso, circunstancia que también determina la improcedencia del recurso, pues conforme entendió este Tribunal en la SC 804/2003-R, de 12 de junio: “al no existir una relación de causa y efecto entre el hecho demandado de ilegal y los derechos alegados como conculcados, el presente recurso se torna inviable, correspondiendo declarar su improcedencia”, criterio reiterado en las SSCC 1184/2003-R y 1380/2003-R, entre otras.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- consiste en la facultad de toda persona para dirigirse a las autoridades públicas a fin de reclamar, pedir u observar alguna cosa incumbente a aquella
- debe entenderse el mismo como la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona de formular quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares de los funcionarios o autoridades públicas o la suspensión injustificada o prestación deficiente de un servicio público, así como el de elevar manifestaciones para hacer conocer su parecer sobre una materia sometida a la actuación de la administración o solicitar a las autoridades informaciones
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad
- III.2.
- Fragmento 27
- III.3.