SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Los recurridos concejales del Municipio de Palos Blancos, Angelino Salazar Mamani y Nieves Huanca Poma, a través de su abogada, informaron que no cumplen las funciones de presidente ni de secretario en el Concejo, de modo que la convocatoria a la sesión de 6 de febrero de 2004 fue emitida por la presidenta del Concejo Marlene Cruz -ahora recurrente-, quien además convocó al concejal Mita, por lo que incurre en una contradicción alegar a través del presente recurso que ya no cumplía las funciones de concejal. De otra parte no justificó su inasistencia a dicha sesión, en cuyo mérito se llevó a cabo bajo la presidencia del vicepresidente del Concejo Angelino Salazar. En la sesión se dictó la Resolución 08/2004, actuando el Concejo conforme sus atribuciones y ante el incumplimiento del recurrente Alcalde al pedido de presentación de los documentos inherentes al funcionamiento de la Alcaldía, como la ejecución presupuestaria y el POA.

De acuerdo al art. 37 de su reglamento, el Concejo presentó antecedentes al Senado y a todas las instancias para el resguardo de los recursos de la Alcaldía para que adopten la medidas pertinentes, sin que hayan asumido ninguna decisión al corresponder al Senado, por lo que no suprimieron ni restringieron ningún derecho o garantía del recurrente Buenaventura Michel, quien debió plantear el recurso directo de nulidad si consideraba que la Resolución Municipal o la Resolución Senatorial son ilegales, por lo que solicitaron la improcedencia del recurso.